SE ABRE UN PLAZO DE CUATRO MESES PARA PRESENTAR LA SOLICITUD DE AYUDA A INVERSIONES EN BUQUES PESQUEROS PARA 2018 Y 2019

El Boletín Oficial de Cantabria publica el extracto de la Resolución del consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 11 de octubre de 2018, por la que se convocan para los años 2018 y 2019 las ayudas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros cofinanciados por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP 2014-2020).

Con carácter general, podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas los pescadores o propietarios de buques pesqueros, personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquéllas que reúnan los requisitos establecidos en la orden de convocatoria, así como los exigidos para este tipo de ayuda en el resto de su normativa reguladora.

Esta convocatoria, para los años 2018 y 2019 en régimen de concurrencia competitiva, deberá ser destinada a las inversiones a bordo de los buques pesqueros reguladas en los artículos 32, 38, 40, 41 y 42 del Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, siempre que dichos buques tengan su puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Cuantía:

1.- La ayuda establecida en la presente Orden será cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca. Las ayudas convocadas en la presente Orden se concederán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2018, con una cuantía total máxima de 500.000,00 euros.

2.- La intensidad de ayuda pública concedida no puede exceder del 50% de los gastos subvencionables, siendo el resto financiado por el beneficiario como contribución privada, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 95 del Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.

Plazo de presentación de solicitudes:

1.- Las solicitudes se presentarán en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria de la presente resolución en el Boletín Oficial de Cantabria (lunes 15 de octubre). Solo se podrá presentar una solicitud por buque, comprensiva de todas sus inversiones, dentro de dicho plazo.

2.- Se utilizará el modelo de solicitud normalizado que se recoge en el Anexo I, el cual se podrá obtener, en las dependencias del Servicio de Actividades Pesqueras de la Dirección General de Pesca y Alimentación, así, como a través de Internet en la dirección: www.cantabria.es.

3.- Las solicitudes se podrán presentar en el Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 105, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, debiéndose adjuntar a la misma la documentación prevista en la presente Orden.

En este enlace se puede consultar el extracto de la orden:

Descargar (PDF, 260KB)