CONVOCADAS LAS AYUDAS A INVERSIONES REALIZADAS POR COFRADÍAS DE PESCADORES DE CANTABRIA COFINANCIADAS POR EL FEMP 2014-2020

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy, jueves, el extracto de la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación de 6 de julio, por la que se convocan para el año 2017 las ayudas a inversiones realizadas por cofradías de pescadores de Cantabria cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca 2014-2020.

Tendrán la consideración de beneficiarios aquellas Cofradías de Pescadores de Cantabria legalmente constituidas que soliciten estas ayudas y cumplan con las condiciones y obligaciones previstas en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Cuantía

Las ayudas convocadas en la presente Orden se concederán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2017, con una cuantía total máxima de 300.000,00 euros.

La intensidad de ayuda pública concedida para las operaciones descritas en esta Orden no puede exceder del 50% de los gastos subvencionables, siendo el resto financiado por el beneficiario como contribución privada, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 95 del Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014, relativo al FEMP.

Asimismo, la cuantía de las subvenciones concedidas en ningún caso podrá exceder de 200.000 euros por convocatoria y sujeto beneficiario.

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria de ayudas en el BOC.

Las solicitudes se podrán presentar en el Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander); en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 105, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, debiéndose adjuntar a la misma la documentación prevista en esta misma Orden. Asimismo, se podrán presentar las solicitudes a través de registros telemáticos conforme a las disposiciones de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Este es el Boletín que convoca las ayudas:

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