EL GOBIERNO PUBLICA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A COOPERATIVAS Y ASOCIACIONES DEL SECTOR PESQUERO Y MARISQUERO POR VALOR DE HASTA 100.000 EUROS

El Gobierno de Cantabria publica hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la Orden por la cual se convocan para el año 2016 las ayudas a cooperativas del sector pesquero y marisquero y otras asociaciones sin ánimo de lucro en el mismo ámbito cuyos fines interesen al desarrollo de la pesca extractiva profesional y el marisqueo. Las subvenciones a conceder tendrán una cuantía total máxima de 100.000 euros, 50.000 euros para cooperativas y otros 50.000 euros para otras asociaciones.

Podrán concurrir a las ayudas todas aquellas cooperativas y asociaciones que cumplan con las condiciones previstas en dicha Orden y no incurran en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Asimismo, para beneficiarse de estas ayudas, es necesario cumplir una serie de obligaciones: realizar la actividad específica que fundamente la concesión, acreditar la realizar de dicha actividad, presentar una memoria de la actividad una vez realizada y someterse a las actuaciones de comprobación que sean requeridas por los órganos competentes.

Se consideran subvencionables, con la condición de haberse iniciado con posterioridad al 30 de septiembre de 2015, las siguientes actividades:

• Promoción de la comercialización y consumo de productos de pesca y marisqueo tales como la participación en ferias, certámenes, y programas de fomento de la calidad.
• Actividades de divulgación, formación y transferencia de tecnología, charlas, cursos, jornadas técnicas, seminarios y publicaciones.
• Actividades de colaboración con la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, tales como estudios sobre el sector, toma de datos estadísticos y actividades experimentales sobre la pesca y el marisqueo.
• Asesoramiento externo, asistencia técnica y contable.
• Asesoramiento externo y asistencia para la elaboración de programas operativos y planes de producción y comercialización.
• Gastos en acuicultura incluida la compra de semilla, que no se puedan financiar con otro tipo de ayudas.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de cinco días a partir del día siguiente al de la publicación en el BOC utilizando el extracto adjunto que se recoge en el anexo I de la Orden.

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA CON LAS ÓRDENES DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN:

Ofrecemos los Boletines Oficiales con estas órdenes de ayudas: la convocatoria propiamente dicha, y un extracto:

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