EL GOBIERNO REGIONAL PUBLICA EL PLAN DE EXPLOTACIÓN DE LA ALMEJA EN LA ZONA DE SANTOÑA

El Boletín Oficial de Cantabria publica hoy la Resolución de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación por la que se aprueba el Plan de Explotación de Almeja en las Zonas de Producción de Moluscos de Santoña para la campaña 2018.

Dado el estado de las poblaciones de las dos principales especies de almeja explotadas en los estuarios de Cantabria, la almeja fina (Ruditapes decussatus) y la almeja japonesa (Ruditapes philippinarum), la Dirección General de Pesca y Alimentación elaboró un Plan de Recuperación cuyo objetivo principal es recuperar las poblaciones de dichas especies.

Una de las medidas para lograr este objetivo fue la declaración, en diciembre de 2015, de un paro biológico de ambas especies de almeja en los principales estuarios de la Comunidad Autónoma, como son son las rías de San Vicente de la Barquera, Mogro y la Bahía de Santander.

En las zonas de producción de Santoña se puso en marcha un Plan de Explotación en el año 2016 que permitió realizar una extracción más limitada y continuada de estos recursos, estableciéndose cupos semanales por mariscador y zonas de explotación, así como controlando su comercialización.

A este plan se le dio continuidad con otro de similares características en el año 2017. Ante su finalización, una vez revisados los resultados y las condiciones del stock, la situación higiénico-sanitaria de las zonas de producción de moluscos y la dependencia económica que tiene el sector respecto de las especies de almeja, ha sido preciso establecer un régimen de explotación que se realice durante todo el año con la garantía de una buena gestión del recurso.

En consecuencia, se ha aprobado el Plan de Explotación de Almeja en las Zonas de Producción de Moluscos de Santoña para la campaña 2018.

La extracción de las especies de almeja Ruditapes decussatus y Ruditapes philippinarum se regirá bajo las normas recogidas en la Orden MED/12/2017, de 6 de abril, por la que se aprueba el Plan de Explotación de Almeja en las zonas de producción de moluscos de Santoña, así como las siguientes condiciones:

1.- Duración de la campaña: El periodo hábil para la extracción de almeja en el ámbito del plan será desde la publicación de la presente orden hasta el 31 de diciembre de 2018.

2.- Se establecen los siguientes periodos de actividad:
-- En la zona CAN 1/01 el periodo hábil de extracción será desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre.
-- En la zona CAN 1/05 el periodo hábil de extracción será desde la fecha de publicación de la presente resolución hasta el 14 de mayo y desde el 16 agosto hasta el 31 de diciembre.

3.- La Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, a propuesta de la Directora General de Pesca y Alimentación, a la vista de los informes técnicos correspondientes podrá suspender la campaña de extracción de almejas, ampliar esta, modificar el cupo o cualquier otra decisión que en aras a la preservación del recurso y obedeciendo a principios elementales de precaución pudiera considerar oportunos.

En el siguiente enlace se puede consultar al completo la Resolución de la Consejería:

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