CANTABRIA APRUEBA LA PRIMERA LEY DE PESCA MARÍTIMA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

El Parlamento de Cantabria ha aprobado hoy, por unanimidad, la Ley de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura, una normativa impulsada por la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para dotar al sector de un marco legislativo que arrope todos los ámbitos relacionados con las actividades pesqueras y ofrecer al sector, tanto profesional como recreativo, un entorno más seguro a la hora de ejercer la actividad y otorgarle la importancia que tiene para la Comunidad Autónoma.

Antes de su aprobación definitiva, el consejero del ramo, Guillermo Blanco, ha subrayado la importancia de la nueva ley por la necesidad que existía en Cantabria, “única autonomía de mar sin regulación propia en el ámbito de las actividades pesqueras”, de contar con “un texto básico, pero muy necesario para el desarrollo de todas las actividades pesquera de Cantabria”.

“Somos una región con 284 kilómetros de costa, con siete puertos y de gran tradición pesquera. No nos podíamos permitir estar sin una ley propia de pesca. Somos los dueños de nuestras aguas y debemos poder organizar su gestión conforme a nuestro criterio, dando seguridad al sector”, ha subrayado Blanco.

El titular de Pesca ha señalado que esta nueva normativa “trata de llenar el vacío legislativo que veníamos arrastrando desde que Cantabria asumió las competencias en materia de pesca y que ha sido suplido hasta la fecha con reglamentaciones sectoriales, muy segmentadas y, en ocasiones, confusas”.

Tal y como ha explicado, “se trata de una norma muy ambiciosa y extensa que goza del beneplácito del sector y que consideramos de gran importancia para Cantabria, tanto para la gestión de las actividades pesqueras como para la conservación de los recursos marinos de nuestras costas”.

Ha asegurado que el nuevo texto contribuirá a dotar de seguridad jurídica al sector pesquero como “el gran motor económico de las zonas costeras de Cantabria y con gran tradición que se ha visto obligado a adaptarse en poco tiempo a los grandes cambios impuestos por las nuevas políticas europeas de pesca, así como a sus imposiciones y controles”.

También destaca, ha dicho el consejero, “por ser una de las flotas de artes menores más potentes de todo el Cantábrico Noroeste y con un gran impacto sobre las grandes costeras, tales como la anchoa, el verdel, el chicharro o el bonito”.

Aprovechamiento sostenible

Con el objetivo de lograr una reglamentación pesquera ordenada, sistemática y coherente, el Gobierno de Cantabria ha aprobado una ley de pesca que se articula en torno a los principios básicos que rigen el aprovechamiento sostenible de los recursos marinos y se enmarca en el derecho a un medio ambiente adecuado y en los deberes de conservación y uso racional de los recursos naturales.

Persigue cumplir con los objetivos marcados por la Política Pesquera Común a la hora de garantizar que las actividades de la pesca y la acuicultura sean sostenibles ambientalmente a largo plazo y se gestionen de forma coherente con los objetivos de generar beneficios económicos, sociales y de empleo, así como contribuir a la disponibilidad de productos alimenticios.

Regulará las competencias específicas del ámbito pesquero, tales como la conservación, la protección y la regeneración de los recursos marinos en las aguas interiores de Cantabria; el ejercicio de la pesca marítima, el marisqueo, la explotación de algas y la acuicultura; la ordenación del sector pesquero sobre las bases de la normativa estatal, y la comercialización y transformación de los productos pesqueros.

También el buceo profesional, las enseñanzas náutico-deportivas y subacuáticas, así como en materia de enseñanzas profesionales náutico-pesqueras.

Por otro lado, permitirá a Cantabria declarar en aguas interiores las zonas protegidas por su especial interés para la conservación y regeneración de los recursos marinos; establecer el procedimiento para la conservación y regeneración de los recursos marinos, y definir la figura de las zonas de producción de moluscos y otros invertebrados marinos.

De igual forma, establece que las actividades extractivas sólo podrán practicarse con artes, técnicas, modalidades y especies expresamente permitidas; habilita la posibilidad de fijar censos para gestionar la capacidad extractiva, y define el concepto de pesca marítima profesional, incluyendo la captura de especies de crustáceos, moluscos y otros invertebrados marinos con artes no específicas para estas especies.

Establece por primera vez el concepto de licencia para pesca marítima profesional a pie; regula la pesca marítima recreativa, y la actividad marisquera, fijando tres tipos de licencia: desde embarcación, a pie y buceando, y regula la posibilidad de otorgar autorizaciones marisqueras, así como la extracción de algas y argazos.

En cuanto a la acuicultura, define los diferentes títulos habilitantes (dominio público, terrenos privados y experimental) y establece la posibilidad de crear Zonas de Interés para la Acuicultura (ZIA).

Se trata de una ley que también regula las competencias sobre la ordenación del sector pesquero; el funcionamiento de las cofradías de pescadores y su Federación, así como de las organizaciones de productores pesqueros, y la actividad de la flota pesquera, regulando el procedimiento de establecimiento del puerto base y la necesidad de autorización para la construcción o renovación de buques.

La comercialización de los productores pesqueros, la formación en actividades náuticas profesionales y deportivas, el buceo, la capacidad de inspección y vigilancia de los inspectores de pesca y el régimen de sanciones e infracciones son otras de las materias que se regulan en esta nueva ley.