EL BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA PUBLICA LA LEY DE PESCA MARÍTIMA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

El Boletín Oficial de Cantabria publica hoy la nueva Ley de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura aprobada por unanimudad por el Parlamento de Cantabria el pasado 22 de febrero.

Se trata de una normativa impulsada por la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para dotar al sector de un marco legislativo que arrope todos los ámbitos relacionados con las actividades pesqueras y ofrecer al sector, tanto profesional como recreativo, un entorno más seguro a la hora de ejercer la actividad y otorgarle la importancia que tiene para la Comunidad Autónoma.

Tal y como se recoge en el preámbulo, la presente ley regula las competencias regionales en pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura con carácter general, indicando los principios, reglas y criterios generales para lograr una reglamentación pesquera ordenada, sistemática y coherente, articulada en torno a unos mismos principios, reglas y criterios orientadores, y alcanzar el aprovechamiento sostenible de los recursos marinos, encuadrado en el derecho a un medio ambiente adecuado y los deberes de conservarlo y el uso racional de los recursos naturales, reconocidos por el art. 45 CE, todo ello sin perder de vista que, en materia de ordenación del sector pesquero, es el Estado quien determina la legislación básica, principalmente en la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, mientras que la Comunidad Autónoma de Cantabria solo será competente para la pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura.

De acuerdo con lo previsto en la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior y debido a la importancia de la materia y la protección que merece la biodiversidad de las aguas así como el sostenimiento y desarrollo del sector económico pesquero, se considera que dichos intereses generales merecen protección y control especial por parte de la Administración, al entender que su control a posteriori no garantizaría una protección efectiva sobre la explotación de dichos recursos. Por tanto, se ha previsto el establecimiento de un control previo a la hora de otorgar y renovar licencias profesionales de pesca y marisqueo, las autorizaciones y el cambio de titularidad de los instalaciones de acuicultura, así como las solicitudes de reestructuración de la flota.

A continuación ofrecemos el texto completo de la nueva Ley:

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