SE ABRE EL PERIODO PARA SOLICITAR AYUDAS A LA COMPRA DEL PRIMER BARCO PARA JÓVENES, CON UN IMPORTE MÁXIMO DE 75.000 EUROS

El Boletín Oficial de Cantabria publica el extracto de la Resolución del consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 5 de diciembre de 2019, por la que se convocan para 2020 las ayudas para apoyar la compra del primer barco, destinadas a jóvenes pescadores, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo de la Pesca (2014-2020).

El objeto es facilitar el acceso a la propiedad del primer buque de pesca por parte de jóvenes pescadores. La compra de un buque de pesca por un pescador o grupo de pescadores debe realizarse en su totalidad.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en esta orden los jóvenes pescadores cuyo domicilio fiscal se encuentre en Cantabria. A los efectos de la presente Orden, se entenderá por "jóvenes pescadores" aquellas personas físicas que deseen adquirir por primera vez un buque pesquero y que, en el momento de presentar la solicitud, tengan menos de 40 años de edad y hayan trabajado al menos cinco años como pescadores o dispongan del título de Patrón Local de Pesca (para buques menores o iguales a 12 metros de eslora entre perpendiculares) o del título de Patrón Costero Polivalente (para buques mayores de 12 metros y menores de 24 metros de eslora entre perpendiculares).

Asimismo, deberán reunir los requisitos siguientes:

a) Adquirir por primera vez la propiedad de un buque de pesca equipado para la pesca marina, cuya eslora total sea inferior a 24 metros y cuya antigüedad esté comprendida entre 5 y 30 años.

b) Que el buque adquirido pertenezca a un segmento de flota respecto del cual el informe sobre capacidad pesquera a que se refiere el artículo 22, apartado 2 del Reglamento (UE) 1380/2013, muestre equilibrio, durante dos años consecutivos anteriores a la solicitud, con las posibilidades de pesca disponibles para dicho segmento, extremo este que será comprobado por la Administración.

c) Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

d) Que la transferencia de la propiedad no tenga lugar dentro de la misma familia hasta el segundo grado de parentesco inclusive.

Las ayudas establecidas en la presente Resolución serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo de la Pesca para Cantabria  para el período 2014-2020 de la siguiente manera: El 75% del total a través del FEMP y el 25% restante por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La cuantía concedida no será superior, independientemente del número de solicitantes, al veinticinco por ciento del coste de adquisición del buque pesquero ni excederá en ningún caso de 75.000 euros por barco.

El plazo de presentación de solicitudes será de cinco meses, contado a partir de hoy, utilizando para ello el modelo normalizado que se recoge en el Anexo I, el cual se podrá obtener, en las dependencias del Servicio de Actividades Pesqueras de la Dirección General de Pesca y Alimentación, así, como a través de internet en la dirección: www.cantabria.es.

La solicitud se podrá presentar en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente o en cualquier otro Registro o lugar de los previstos en la Ley.

Este es el extracto de la Orden publicada en el Boletín Oficial de Cantabria:

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